miércoles, 19 de septiembre de 2012

LA SALUD DE LOS ANCIANOS

Laslett apunta que el establecimiento de una edad para la vejez es una construcción social, que solo parcialmente está determinada por factores biológicos o psicológicos. Este autor menciona la posibilidad de distinguir 4 etapas del ciclo de vida: la "primera edad", relacionada con la infancia y la juventud; la "segunda edad", vinculada con la vida activa y reproductiva; la "tercera edad" (60-75 años), referida a la etapa activa de retiro; y la "cuarta edad" (más de 75 años), que alude a la fase de declinación, mayor dependencia y deterioro más acelerado. Otros términos que con frecuencia se utilizan son los de edad avanzada, adulto mayor y personas de edad (Chackiel J. El envejecimiento de la población latinoamericana: ¿hacia una relación de dependencia favorable? Encuentro Latinoamericano y Caribeño sobre las Personas de Edad. Santiago de Chile, 8 al 10 de septiembre. 1999). Suelen distinguirse los procesos de senescencia y de envejecimiento como 2 etapas del camino hacia la desaparición de los seres vivos. El primero es un mecanismo controlado genéticamente que lleva cuenta de la edad, y que, pasado un tiempo fijo para cada especie, conduce a un declive corporal. El envejecimiento, en cambio, consiste en otros procesos degenerativos que perturban el funcionamiento de órganos vitales y terminan provocando la muerte.1 A pesar del extraordinario progreso conseguido en la investigación, el proceso de envejecimiento sigue siendo una caja negra, a lo que hay que añadir que los cambios relacionados con la edad no ocurren de manera uniforme, ya sea entre individuos (que difieren en susceptibilidad a afecciones específicas y en su exposición a los distintos tipos de estrés ambiental).2 Resulta llamativo que algunos ancianos presentan características vitales, mentales y físicas propias de individuos bastante más jóvenes. Se diría que poseyeran rasgos genéticos, que de alguna manera, retardasen las limitaciones que suelen acompañar el proceso de envejecimiento y las pusiesen a cubierta de las enfermedades neurodegenerativas frecuentes en edades avanzadas.1 Cualquier periodización que se tome a partir de la edad, da lugar a grupos muy heterogéneos, pues se incluyen personas que han tenido experiencias de vida y vivido en diferentes entornos, a lo que debemos agregar los posibles gradientes entre los diferentes sistemas del organismo, sin dejar de considerar la variabilidad biológica intra e interpoblacional (CELADE. Chile y Panamá: las condiciones de vida de los adultos mayores. Naciones Unidas, LC/DEM/R.301. Santiago de Chile. 1999).3

http://bvs.sld.cu/revistas/mgi/vol24_4_08/mgi10408.htm

CARTA DE LOS DERECHOS GENERALES DE


LAS ENFERMERAS Y LOS ENFERMEROS.
1. Ejercer la Enfermería con libertad, sin presiones


de cualquier naturaleza y en igualdad


de condiciones interprofesionales.
Tienen derecho a que se les otorguen las facilidades


para ejercer la gestión y ejecución del cuidado de


enfermería en intervenciones independientes y


dependientes al usuario, familia y comunidad,


basado en su juicio profesional y sustentado en


el Método de Enfermería, dentro de un marco


ético, legal, científico y humanista.

2. Desempeñar sus intervenciones en un entorno


que garantice la seguridad e integridad


personal y profesional.
Tienen derecho a trabajar en instalaciones seguras y apropiadas,


que les permitan desarrollar sus actividades en


las mejores condiciones de protección para su


salud e integridad personal. Cuando las características


de sus actividades impliquen riesgos


para su salud, tienen derecho a que se les dote de


los insumos indispensables para minimizar el


riesgo laboral.
3. Contar con los recursos necesarios que les


permitan el óptimo desempeño de sus funciones.
Tienen derecho a recibir del establecimiento


donde presten sus servicios, el material,


equipo y personal requeridos para el desarrollo


de su trabajo, conforme a la normativa y las necesidades


del área o servicio en el cual desempeñan


su actividad profesional.
4. Abstenerse de proporcionar información


que sobrepase su competencia profesional y


laboral.
En términos de la obligación de dar información


en el ámbito de su responsabilidad en


el cuidado de la persona, tienen derecho a no revelar


la información que sobrepase su competencia


profesional y laboral.
5. Recibir trato digno por parte de pacientes


y sus familiares, así como del personal relacionado


con su trabajo, independientemente


del nivel jerárquico.
En todos los ámbitos de su ejercicio, tienen derecho a recibir trato digno


por parte del paciente y sus familiares, así


como de los profesionales y personal relacionados


con su práctica profesional, independientemente


del nivel jerárquico.
6. Tener acceso a diferentes alternativas de


desarrollo profesional en igualdad de oportunidades


que los demás profesionales de la


salud.
Tienen derecho a acceder, sin discriminación


alguna, a un sistema de educación, actualización,


capacitación y desarrollo profesional de


acuerdo a la normativa de la institución donde


laboran.
7. Tener acceso a las actividades de gestión,


docencia e investigación de acuerdo a sus


competencias, en igualdad de oportunidades


interprofesionales.
Tienen derecho a ser considerados para participar en actividades de


gestión, investigación y docencia como parte de


su desarrollo profesional.

8. Asociarse libremente para impulsar, fortalecer


y salvaguardar sus intereses profesionales.
Tienen derecho a integrarse en organizaciones,


asociaciones y colegios que les representen


para impulsar el desarrollo profesional, la


superación de sus agremiados y para la vigilancia


del ejercicio profesional, conforme a la legislación


vigente. Así mismo, la elección del organismo


colegiado será libre y sin presiones.
9. Acceder a posiciones de toma de decisión de


acuerdo a sus competencias, en igualdad de


condiciones que otros profesionistas, sin


discriminación alguna.
Tienen derecho, como cualquier profesionista, sin discriminación alguna


y de acuerdo a sus capacidades, a ocupar cargos


directivos y de representación para tomar


decisiones estratégicas y operativas en las organizaciones


de su interés profesional.
10. Percibir remuneración por los servicios


profesionales prestado.
Tienen derecho, de acuerdo a su situación laboral o contractual, a


percibir una remuneración por los servicios profesionales

que presten.

 http://www.medigraphic.com/pdfs/enfe/en-2006/en061g.pdf

martes, 4 de septiembre de 2012


El concepto de vida puede ser definido desde diversos enfoques. La noción más habitual está vinculada a la biología, que sostiene que la vida es la capacidad de nacer, crecer, reproducirse y morir. En este sentido, la vida es aquello que distingue a hombres, animales y plantas, por ejemplo, de los objetos como una roca o una mesa.
La vida también es el estado de actividad de los seres orgánicos y la fuerza interna que permite obrar a aquel que la posee. Otra forma de interpretar la vida está vinculada a la capacidad de un ser físico de administrar sus recursos internos para adaptarse a los cambios que se producen en su medio.